Leo en El País que, para los despidos en España, se dan los Preavisos con el tiempo justo
Con sus 15 días de antelación como plazo mínimo legal para avisar de un despido, España es uno de los países que menos tiempo exigen en Europa a las empresas. (Francia, Bulgaria, Dinamarca, Luxemburgo, Holanda, Portugal y Austria avisan con 30 días; Bélgica con 45 días y en Suiza y República Checa alcanzan los 60 días.
Cualquier día de estos recibimos la carta de despido (salvo aquellos casos excepcionales en los que resulte necesaria una prolongación para proceder a un cese ordenado de la actividad) pues los contratos de trabajo de los afectados por el ERE de Siemens Elasa se extinguirán en un plazo de 20 días desde la concesión de la autorización administrativa, ¿se concederá, no se concederá?, ¿cuándo?
Recordad que es una MTAS: Extinción del contrato de trabajo por el artículo: 16.4.9. Despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Según la MTAS: Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 53, si la extinción es por causas objetivas:
2. Durante el período de preaviso el trabajador, o su representante legal si se trata de un disminuido que lo tuviera, tendrá derecho, sin pérdida de su retribución, a una licencia de seis horas semanales con el fin de buscar nuevo empleo.
Para poder reclamar a la Justicia habrá que ponerse en manos de los abogados, procuradores y jueces y/ó estudiar la MJU: Ley de Procedimiento Laboral
viernes, 15 de febrero de 2008
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