Gracias a los ingenieros y profesionales de esta gran compañía (y a alguna persona recolocada interna del ERE en sutren) los AVE vuelan, a estas horas, por primera vez entre Madrid y Barcelona, tendiendo un puente ferroviario y, a mitad de camino, estamos en Zaragoza viéndolos pasar y haciendo cuentas del despido...
En España, un informe cuestiona la fiscalidad del despido colectivo.
Para calcular las retenciones de Hacienda se debe descargar el programa de la Agencia Tributaria: AEAT: Retenciones IRPF 2008
Para los programadores, ahí va el ALGORITMO DE CÁLCULO DEL TIPO DE RETENCIÓN A CUENTA DEL IRPF PARA LOS RENDIMIENTOS DEL TRABAJO PERSONAL EJERCICIO 2008: TABLA 2 - ESCALA DE RETENCIÓN 2008
Los porcentajes de retención dependiendo de las bases de cotización para el año 2008 son, si no me equivoco:
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BASE hasta Cuota Resto hasta Porcentaje
0,00 € 0,00 € 17.707,20 € 24,00 %
17.707,20 € 4.249,73 € 15.300,00 € 28,00 %
33.007,20 € 8.533,73 € 20.400,00 € 37,00 %
53.407,20 € 16.081,73 € En delante: 43,00 %
Debemos cotizar por el 60% de la cuenta que sale al restar la indemnización bruta de los 20 días libres de retención ó de un máximo de los 12 últimos meses cobrados.
Ejemplo: si el resultado de ese 60% es de 50.000,00 €,
entraremos en la tabla con una BASE hasta 33.007,20 €,
con lo que sabemos la CUOTA DE RETENCION: 8.533,73 €,
El resto son: 50.000,00 € - 33.007,20 € = 16.992,80 €,
El resto tiene un porcentaje del 37,00 % = 6.287,34 €,
LA RETENCION es 8.533,73 € + 6.287,34 € = 14.821,07 €.
Lo que quiere decir que nos retendrán un: 29,64 %
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