Mis cuentas de la nómina de febrero son las siguientes:
- El último día de trabajo efectivo, en mi caso y el de much@s, fue el 20 de febrero.
- El Salario Convenio, Plus Empresa y Ayuda Infantil-Escolar, se obtienen dividiendo cada uno de estos conceptos actualizados a 2008 (ver la nómina de enero con el valor actualizado) por 29 días del mes de febrero (año bisiesto) y el resultado (con 3 decimales) se multiplica por 20 días de trabajo efectivo.
Ejemplo: Salario Convenio 2008 de 2057,14 € / 29 días = 70,936 €/día x 20 días = 1418,72 €
- Paga Extra, se obtiene sumando el Salario Convenio y el Plus Empresa del 2008 (ver nómina de enero), multiplicando la suma por tres pagas, dividiendo el resultado por 366 días (año bisiesto) y el salario dia extra se multiplica por 51 días (31 de enero + 20 de febrero)
Ejemplo: Sin Plus Empresa y con un Salario Convenio 2008 de 2057,14 € x 3 pagas extras = 6171,42 € / 366 días = 16,862 € extra/día x 51 días = 859,96 €
Convenio Colectivo de Siemens, S.A.
Artículo 10º. Pagas extraordinarias
Los trabajadores que no lleven un año de servicio en la Empresa en la fecha de devengo de las antes citadas gratificaciones, percibirán esta cuantía proporcional a los días de permanencia en plantilla. Asimismo, al causar baja en la Empresa, percibirán la parte proporcional que le corresponda de cada una de ellas.
- Vacaciones Baja no disfrutadas: Salario día 2007 x días vacaciones pendientes 2007 + Salario día 2008 x días vacaciones pendientes 2008 (me sale una diferencia aproximada de 2 €. Quién sepa cómo calcularlo exacto que lo diga).
Los Salarios día de 2007 y 2008 están calculados en el concepto Descuento huelga de las nóminas de diciembre 2007 y enero 2008, respectivamente.
- Subv. Gastos Médicos: Las facturas que quedaran por subvencionar según el Convenio Colectivo. Artículo 7. Cuantía de la subvención.
- Otros Abonos Variables: Abono saldo Grupo de Empresa por 13,35 €.
A estas cantidades se les descuenta la Cotización a la Seguridad Social, por Desempleo y por Formación Profesional y, sobre todo, el descuento del Anticipo Regularizable actualizado al 2008 (recién calculado en la nómina de enero)
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2 comentarios:
Lo de las pagas extras no lo tienes claro.
Lee bien el convenio y veras tu error.
No es por el año natural si no por el ejercicio.
Tiene que salirte mucho mas.
No digo que el cálculo sea el que debiera ser y que no nos corresponda más, sino que haciendo esas cuentas me sale clavado el concepto de pagas extras que la empresa me ha puesto en mi nómina de febrero.
Anónimo si sabes que cuentas debería haber hecho la empresa para aplicarnos de verdad el convenio, coméntalas en este blog y las publicaré para conocimiento de todos y poder reclamar con conocimiento de causa...
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